Señor Director:
Los profesores López y Bofill han manifestado por este medio una cerrada defensa a la mantención de la norma que decreta el sobreseimiento de la causa como sanción procesal a la no presentación de la acusación por parte del fiscal, señalando que es la única y mejor forma de castigar el error cometido por éste.
Compartimos con los profesores el hecho de que sin duda esta norma castiga de una manera drástica al fiscal, quien ve como quedan estériles todos sus esfuerzos de investigación y de litigación realizados, pero también sabemos que las consecuencias a esta situación afectan a terceros; en este caso, por más que algunos insistan en ignorarla, existe la víctima y es a ella a quien se le impide continuar exigiendo un juicio y un castigo a su agresor.
Como Asociación de Fiscales, asumimos que es indispensable que existan consecuencias procesales a la no presentación de una acusación dentro de plazo, pero esperamos que estas sanciones no afecten a terceros y sean iguales de sensatas que las establecidas en el evento de que un juez no redacte una sentencia. Si en ese caso el legislador estableció mecanismos de evitación del error y luego una sanción proporcional al mismo, esperamos un trato similar en este tema.
Finalmente, es necesario señalar que no apreciamos cuál puede ser el inconveniente en dar nuestra opinión en este o en otros temas similares. Por ser fiscales no hemos perdido el derecho a manifestar nuestro parecer en todos aquellos asuntos que nos puedan afectar, y si alguien cuestiona la opinión por la parcialidad de quien la emite, con el mismo argumento podrían ser también cuestionadas las opiniones de aquellos profesores que, litigando regularmente ante los tribunales, abogan de forma tan apasionada por la mantención de una norma que podría favorecer a potenciales futuros clientes.
MARCELO LEIVA PEÑA
MAURICIO LÁRTIGA OBAL
Presidente y Secretario General
Asociación Nacional de Fiscales de Chile
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Posteado por: alberto Contreras Silva 03/07/2008 11:31 [ N° 1 ] |
Por ésta vez concuerdo plenamente con los Fiscales Leiva y Lártiga y estoy en pleno desacuerdo con los profesores López y Bofill, ya que para la sociedad y el bien común es inconcebible que se sobresea una causa por la no presentación de la acusación por parte de un fiscal. |
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Posteado por: Carlos Alberto Abarzúa Villegas 03/07/2008 11:47 [ N° 2 ] |
Y ahora, ¿quién podrá defendernos? Cuando uno lee comentarios tan burdos en estas páginas por parte de la asociación gremial de fiscales, como que no se debe olvidar en la discusión que existen víctimas de los delitos, que los profesores de derecho procesal que argumentan en su contra tienen intereses creados por eventuales futuros clientes, -y seguramente pretenden mantener una norma para aprovecharse de sus negligencias-, que las sanciones procesales ideadas por el legislador como lo son el sobreseimiento definitivo en caso de cerrar la investigación y no formular dentro de plazo la debida acusación es una sanción procesal severa, que de su propia y exclusiva negligencia no se pueden aprovechar los delincuentes, desvirtuando de paso implícitamente el propósito por el cual fue creado el Ministerio Público, esto es proteger a las víctimas y ejercer la debida acción penal pública, uno se pregunta en calidad de ciudadano y eventual víctima: si el interés de un gremio es capaz de argumentar para sí con tan febles argumentos y notoria publicidad un ostensible engaño respecto de los propósitos que el legislador tuvo para darles su existencia a ellos y a sus puestos de trabajo, actualmente ¿quiénes nos están defendiendo?, y de prosperar su iniciativa gremial de interés particular, y ahora… ¿quién podrá defendernos?. Carlos Abarzúa Villegas |
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Posteado por: René González González 03/07/2008 12:19 [ N° 3 ] |
La sabiduría del refrán: "El Ladrón detrás del Juez". |
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Posteado por: Katherine Anastassiari Peña 03/07/2008 12:52 [ N° 4 ] |
Con todo respeto Sr. Contreras le señalo que estimo que no leyó bien: no se acusa a los connotados profesores de querer salvaguardar eventuales intereses de también potenciales clientes que estos defiendan, sino que se hace un parangón, un cotejo de lo ridícula de la afirmación referente a que es menos válida la opinión de la asociación de fiscales por estar directamente interesada, de hecho, para eso se creo. El fondo de la cuestión está en el hecho de si se puede pasar a llevar el interés de la victima y de la sociedad toda en la punición de ciertas conductas so pretexto de sancionar ejemplarmente al interviniente negligente, o por el contrario, las garantías procesales y constitucionales del imputado son tan poderosamente formidables que una simple extemporaneidad sacrifica los intereses señalados, basado en la idea de que el monopolio de la violencia por parte del estado y que se cristaliza en la pena fenece ante cualquier error, como si el sistema debiere sonrojarse y disculparse cada vez que sanciona a un delincuente, como un exceso poco elegante. Creo que esta vergüenza punitiva solo queda bien para reuniones de iluminados, de gente superior que flota en un Olimpo de nubes de algodón, grandes conceptos y principios y no para todos nosotros que nos enfrentamos contra la delincuencia pura y dura todos los días. Es tiempo que le declaremos la guerra civil a la delincuencia. Si al fiscal se le pasaron los 10 días para acusar sanciónesele, no hay excusa procesal válida para dejar pasar el plazo, pero que no se nos sancione a los ciudadanos, ya no por venganza social sino que por supervivencia, son los delincuentes o nosotros, y que el juez de Garantía pase los antecedentes al fiscal regional para que designe un nuevo fiscal para el caso y se presente la acusación en un plazo fatal de 2 días hábiles bajo apercibimiento de sobreseimiento definitivo (no las 24 hrs.. impracticables en zonas rurales que proponen otros que jamás han pisado un tribunal). |
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Posteado por: Katherine Anastassiari Peña 03/07/2008 13:05 [ N° 5 ] |
Donde dice Sr. Contreras lease Sr. Abarzua, mis excusas...para con el Sr. Contreras obviamente... |
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Posteado por: puelche del sur Ramírez Álvarez 03/07/2008 14:06 [ N° 6 ] |
Sepores MARCELO LEIVA PEÑA y |
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Posteado por: Kléber Richard Juan Monlezun Cunliffe 03/07/2008 14:14 [ N° 7 ] |
Viva la libertad de opinión y en ese entendido, aunque muchas veces no comparta su contenido, la respeto y por ende, no procede la censura de parte a los fiscales a través de su asociación para expresar sus inquietudes y demandas. Por otra parte, reitero que el profesionalismo de los fiscales, debe ir de la mano con recursos y logística suficiente para cumplir con su cometido profesional e inteligente en la persecución penal. Lo anterior, no quiere decir que haya que subsidiar ni avalar sus ineficiencias en disposiciones legales y/o administrativas, pues son un ente de rango constitucional con personalidad jurídica y patrimonio propio, que importa en función de dicha autonomía e independencia en su actuar, que esa garantía, la cuiden, la exploten y en defintiva, que respondan a ella y por ella. Recuerdo que hay mecanismos en la ley procesal penal vigente para víctimas y querellantes, que los tribunalaes recogen y aceptan para evitar que queden desprotegidos por ineficienas de los persecutores penales. En suma, creo que no hay que confundir a la gente, por el contrario, hay que educar en estas materias cívicas para que los chilenos al momento de criticar el sistema, a lo menos conozcan sus derechos y deberes que reconoce este modelo de enjuiciamiento criminal de tipo acusatorio y adversarial. Kléber Monlezun Cunliffe. |
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Posteado por: puelche del sur Ramírez Álvarez 03/07/2008 14:31 [ N° 8 ] |
Complementando lo que nos comparte don Kléber Richard Juan Monlezun Cunliffe, para que esta institución realmente funcione como se ha proyectado, es fundamental entregarle elementes de apoyo logistico y humano competitivo. Esta forma y medios con los que trabajo el fiscal es el ejemplo a seguir, y si se quiere en forma supletoria, a traves de los funcionarios de carabineros, institución en la que la participación de la oficialidad es distante y ajena, a estos funcionarios policiales se les deberá preparar formalmente en la ciencia de la investigación, pasando por los requisitos de ingreso, mejorando realmente sus remuneraciones, evitando la tentacion de ser corrompidos, además de entregarles permanente capacitación en areas específicas. Hoy solo se capacita a la oficialidad, y estos sólo realizan labores de oficina, siendo ausentes y distantes en materia de investigación (conozco un solo oficial perito que fue trasladado a Rancagua que efectivamente cumple su tarea). |
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Posteado por: Carlos Alberto Abarzúa Villegas 03/07/2008 15:10 [ N° 9 ] |
Sra Anastassiari. Estoy en completo acuerdo con usted: |
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Posteado por: Felipe Lizama Allende 03/07/2008 15:52 [ N° 10 ] |
defender el sobreseimiento está dentro de una ideología penal con funestas consecuencias para el bien común, se llama garantismo, en virtud de él se creó toda esta reforma tan panfletaria |
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Posteado por: Pato Bobo 03/07/2008 15:56 [ N° 11 ] |
Ante tan sentida dúplica de parte de los señores Fiscales, quienes, por cierto, tienen pleno derecho a manifestarse asociativamente, no puedo sino reiterar mi opinión vertida el fin de semana. Es decir, ratifico mi total desacuerdo con una modificación legal como la propuesta por el gremio. Y no es porque reniegue del interés social comprometido en el proceso penal, ni porque pretenda que al fiscal que yerra (humanos somos todos) se le condene al averno, ni siquiera porque frecuente estrados penales del lado de los cacos, monreros o defraudadores fiscales, sino porque dicha modificación propuesta atenta contra básicos principios del proceso penal y se contrapone con la institucionalidad creada especialmente al efecto. Es el Estado, por intermedio de los fiscales, quien ostenta el monopolio de la persecución penal. Si no la ejerce el fiscal.. ¿quién? Si el tema es la adecuada protección a la víctima y a sus intereses, mejor depositemos en ella todo el peso de la persecusión penal, porque, después de todo, quién más ineteresada que ella en la resolución del conflicto. Disgreguemos el poder punitivo del Estado en su faz persecutora en los particulares. Mejor aún, dejémoslos que sean ellos quienes instruyan la investigación y posterioremente acusen y lleven adelante el proceso. Y ya que no serán necesario que el fiscal acuse dentro de un plazo determinado, mejor eliminemos esa figura. Eliminemos al fiscal. Eliminemos al Minsterio Público. Disolvamos esa institucionalidad y asignemos esos cuantiosos fondos que ella consume a cada víctima para que sea ella quien se procure la mejor defensa posible con el abogado que estime más adecuado. Siguiendo el planteamiento de la asociación de fiscales, quienes por la modificación legal propuesta sólo buscan la irresponsabilidad de los mismos y la inocuidad de sus desidias y negligencias, resulta del todo lógico el razonamiento que planteo. Flaco favor le hacen a sus representados más diligentes. A doña Katherine: y tanto que me habían agradado sus intervenciones anteriores. Saludos |
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Posteado por: Katherine Anastassiari Peña 03/07/2008 16:22 [ N° 12 ] |
Ahora sus añoranzas de esos maravillosos jueces del crimen que acusaban dentro de plazo no resisten ni el más mínimo análisis. Para muestra un botón, un juez del crimen no conocía ni la décima parte de las causas ya que el grueso era llevado a su antojo por los nunca bien ponderados ACTUARIOS (una tropa de ellos) , deseosos de estímulos extra laborales para hacer la por Ud. añorada buena gestión. Como le ha pasado a varios, cuando le pongan el cuchillo en la garganta para robarle un par de pesos cambiará drásticamente su opinión. |
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Posteado por: Katherine Anastassiari Peña 03/07/2008 16:23 [ N° 13 ] |
PE: A don Puelche del Sur: antes también se podía suspender en los delitos y crímenes que señala el nuevo artículo 237 Código Procesal Penal, sin control del regional. Hoy eso es más estricto. Personalmente creo que la suspensión no debería procede para delitos que en abstracto tienen penas superiores a 540 días, por que sino se favorece la impunidad incluso de homicidas y violadores. |
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Posteado por: Katherine Anastassiari Peña 03/07/2008 16:28 [ N° 14 ] |
Estimado don Pato: concuerdo con lo que dice en gran parte, y me entristece no agradarle esta vez, pero no podemos evadir el tema de fondo: se imagina Ud. siendo fiscal unipersonal con más de 3000 causas vivitas y coleando? |
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Posteado por: Cristián Gonzalo Parada Bustamante 03/07/2008 16:37 [ N° 15 ] |
Estimados: |
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Posteado por: Kléber Richard Juan Monlezun Cunliffe 03/07/2008 16:49 [ N° 16 ] |
En efecto, el tema legal de la agenda corta antidelincuencia, en muchos aspectos acerca del contenido de la misma, derechamente vulneró los principios básicos de todo Estado Democrático de Derecho, toda vez que legitimó una persecución penal ineficiente y poco profesional a través de subsidios legales, en circunstancia que lo correcto era exigir mayor profesionalismo, capacidad e inteligencia de los persecutores y ambas policías respecto de los hechos penalmente punibles. Obviamente, que esto no quiere decir que viva la delincuencia, pero entiendo que habría que nivelar siempre para arriba, esto es, exigir que la pega se haga mejor que antes y no tapar las ineficiencias y la mediocridad de alguno agentes del sistema, que por ser obra humana, siempre es perfectible. En suma; nuestro medio político opta por el camino fácil para justificar un discurso electoral lo que denota una falta de conocimiento, consecuencia y coherencia de nuestras autoridades con los princios internacionales básicos suscritos y ratificados por Chile. Finalmente, esta obra es fruto del trabajo del antiguo Fiscal Nacional del Ministerio Público, que quizás nunca entendió a cabalidad la estructura, la dinámica, la lógica y las características del nuevo modelo acusatorio de tipo adversarial. Quizás basta recordar que él nunca participó en ninguna diligencia y/o actuación y/o forma de juicio y/o audiencia de la reforma procesal penal. Cuestión esta última, muy diferente al actual Fiscal Nacional que dirige dicha institución. Kléber Monlezun Cunliffe. |
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Posteado por: Katherine Anastassiari Peña 03/07/2008 16:51 [ N° 17 ] |
Günther Jakobs tiene razón, para alemania, eso si. Aterricemos de una vez pues! |
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Posteado por: Carlos Alberto Abarzúa Villegas 03/07/2008 17:10 [ N° 18 ] |
¡¡¡¡¡¡SOLUCION!!!! |
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Posteado por: Cristián Gonzalo Parada Bustamante 03/07/2008 17:34 [ N° 19 ] |
Respecto del Tratado de Jakobs, traducido, es simplemente que "frente al flaite, la guerra", sin concesiones, sin miramientos, sin derechos y sin contemplaciones. En otras palabras, y en jerga militar, consiste en "GOLPEAR SIN PIEDAD AL ENEMIGO". |
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Posteado por: Nicolas Astorga Collao 03/07/2008 18:19 [ N° 20 ] |
Estimados Caballeros: |
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Posteado por: Alberto Hezalesy G. 03/07/2008 19:20 [ N° 21 ] |
Sr. Pato Bobo (11) El poder judicial Chileno está en manos, desde hace 50 años, en los peores alumnos que han egresado de derecho, junto con esto la carrera de derecho está atrasada 30 o más años en sus mallas curriculares. Recientemente desde hace pocos años, alumnos de “buen nivel” están optando por el servicio público lo que le dará una mayor jerarquía, en 15 años más, a este poder del estado (Poder que no está bajo el juicio ciudadano, quien quiere pertencer a él no necesita buscar votos). Además el hecho de tener Jueces de tan mala educación y formación es que vemos casi semanalmente fallas garrafales tanto en los tribunales básicos como en las cortes de apelaciones y suprema (le recuerdo al juez Calvo). Alberto Hezalesy G. |
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Posteado por: puelche del sur Ramírez Álvarez 04/07/2008 10:35 [ N° 22 ] |
Gracias por su respuesta Katherine Anastassiari Peña ( 13 ), pero la pregunta talvez no fue clara, ¿Porque se introdujo la modificación en una ley que procura otro principio, abriendo tal "beneficio" a delitos de gravedad?. |
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Posteado por: Katherine Anastassiari Peña 04/07/2008 11:14 [ N° 23 ] |
Don Puelche del Sur: Si le entendí claramente: el beneficio para los delincuentes y criminales, según los casos, siempre estuvo. Internamente los reglamentes del ministerio publico ya disuadían al fiscal de aplicar la suspensión en casos de crímenes y ahora lo único que se hizo es darle esa facultad de control no a un oficio sino que al regional. "No ve que a este flaite lo conozco desde el control de detención..." dijo un colega. |
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Posteado por: puelche del sur Ramírez Álvarez 04/07/2008 18:41 [ N° 24 ] |
Agradecido, Katherine Anastassiari Peña |
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