Luego de una larga tramitación de más de siete años, el 13 de enero se promulgó la ley que crea los tribunales aduaneros y tributarios. Así, cumpliendo la vacancia legal, en febrero de 2010 partirán los primeros tribunales, que operarán en las regiones de Arica-Parinacota, Tarapacá, Antofagasta y Atacama; en 2011 estarán en Coquimbo, Maule, Araucanía y Magallanes; en 2012, en Biobío, los Ríos, los Lagos y Aisén, y en 2013 en el resto del país. De este modo, se moderniza trascendentemente ese ámbito jurisdiccional y se ajusta su operación cabalmente a las normas de debido proceso establecidas en la Constitución Política. En esta última dimensión, su etapa final de control preventivo en el Tribunal Constitucional resultó particularmente relevante, en especial si se considera que el origen de la iniciativa legal probablemente fue la gran cantidad de jurisprudencia emanada de dicho Tribunal desde el año 2006 que cuestionaba la forma de resolver los conflictos en la materia.
Ahora bien, y así lo destaca el fallo del TC, no obstante que la reforma y los órganos creados se ajustan a la Constitución, hay ciertas modificaciones que deben tenerse presentes en la nueva institucionalidad. En primer término, el sistema de nombramiento de los integrantes de los tribunales se aparta del sistema tradicional de generación de los órganos jurisdiccionales. Ahora, los jueces tributarios serán nombrados por el Presidente de la República, previa terna de la Corte de Apelaciones, confeccionada sobre la base de una nómina de cinco a 10 miembros preparada por el Consejo de la Alta Dirección Pública. Si bien esto permitirá una buena selección previa que asegure la calidad de los jueces, el TC debió hacerse cargo de la norma que permitía que la Corte de Apelaciones pudiera rechazar alguno o todos los nombres que se le presenten "por una sola vez", pues ello ponía al Consejo en una posición de designación incuestionada luego del primer y único rechazo posible.
Una última consideración es que según lo declarado por el Tribunal Constitucional, al tratarse de una judicatura especial que no forma parte del Poder Judicial, sus jueces no podrían ascender a los tribunales superiores, pues ello vulneraría las normas de la carrera judicial. Esto deberá escrutarse cuidadosamente, ya que con ello se conjura el conocido riesgo de que algunas decisiones de los tribunales se vean orientadas por consideraciones de ascenso. Un buen resultado en este sentido podría recomendar la extensión de este principio a otras áreas del trabajo jurisdiccional.
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Posteado por: Alejandro Vial Latorre 21/01/2009 09:53 [ N° 1 ] |
Estos nuevos tribunales ¿permitirán evitar los abusos de la policía sanitaria, que requisa -por sí y ante sí- cualquier producto orgánico que un particular intente ingresar al país? |
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Posteado por: Kléber Richard Juan Monlezun Cunliffe 21/01/2009 11:22 [ N° 2 ] |
Por fín empieza a imperar la racionalidad del debido proceso para diferentes áreas económicas de nuestro país conforme a una cultura jurídica propia de un verdadero Estado Democrático de Derecho.Kléber Monlezun Cunliffe. |
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Posteado por: dario araya rios 21/01/2009 14:27 [ N° 3 ] |
Me parece correcta la medida y apunta a corregir las inexcusables falencias que existian, pero...ojo, que no terminen siendo los "parientes pobres" del sistema. Hay que asegurar la carrera judicial para postular a los mejores. |
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