El Estado obliga a cada afiliado a adquirir servicios a alguna de las AFP, al precio que cada una de ellas decida. Para equilibrar esta libertad de precios, la ley da a los afiliados la libertad de cambiarse a otra. Sin embargo, cuando el afiliado no ejerce esta libertad, la asignación por defecto cobra importancia. En general, una clientela es un activo económico —intangible— cuando paga una comisión mayor que el costo medio de prestarle servicios.
Respecto de los afiliados de AFP que no eligen activamente —que empíricamente resultan ser la mayoría—, la obligación que impone el Estado de adquirir el servicio de AFP equivale a entregar gratis un activo intangible a aquella AFP asignada por defecto. Esta asimetría en la actuación del Estado fue identificada al inicio de esta década, y se propuso resolverla por medio de licitar por precio el servicio a los afiliados inertes.
Una opción de política pública es fijar tarifas a las AFP mediante un proceso basado en la medición de costos, similar al aplicado a las empresas distribuidoras de electricidad, como se hizo recién en Colombia. Otra es fijar tarifas máximas sin referencia a costos, como ocurre en México. Una tercera es que la Fiscalía Nacional Económica vele por que cada AFP no abuse de la posición dominante que posee respecto de su propia clientela inactiva. Otra es crear una AFP estatal con instrucción de limitar su comisión al costo medio, como hace Uruguay. La última es subsidiar la educación previsional.
En comparación con las demás opciones, una licitación presenta las ventajas de ser eficaz y de entregar a la competencia la determinación de la comisión. También mantiene la gestión de los fondos de pensiones alejada de la interferencia política del gobierno de turno.
En la reforma previsional de 2008 se aprobó una modalidad específica que la Superintendencia de AFP había promovido desde 2005: el Estado obliga a todos los afiliados con menos de dos años de antigüedad en el sistema a adquirir el servicio a una sola AFP, determinada por una licitación a la tasa de comisión más baja. Cada afiliado debe permanecer dos años en dicha AFP, y ella no puede aumentar su comisión en ese lapso. Se imponen requisitos mínimos respecto de la calidad de servicio en las agencias y de la gestión financiera. Pero este diseño del objeto licitado no es el único posible ni el mejor, incluso después de las mejoras que introdujo el Congreso.
Según los datos históricos, si un postor ganara con una comisión de uno por ciento del salario (26 por ciento menos que el 1,36 por ciento que cobra hoy la AFP más barata), obtendría un ingreso anualizado que subiría desde 466 millones de pesos en el primer mes, hasta 11 mil 180 millones de pesos al término del segundo año, cuando llegaría a servir 700 mil afiliados. A esa fecha, ese postor considerará un ingreso adicional, que puede ser el precio de venta de la clientela a otra AFP, o el valor presente estimado de los flujos de caja a obtener de allí en adelante por medio de un crecimiento orgánico.
La primera licitación podría ocurrir antes de que termine este gobierno. Sin embargo, una circular de la superintendencia ha sido objeto de un recurso de amparo, en aquella parte que precisa cuándo una AFP nueva será considerada como una AFP existente, para efectos de la obligación de hacer extensiva la comisión ganadora a todos los afiliados del postor ganador. Con el fin de impedir a las actuales AFP postular creando una filial, la circular se excedió e hizo que la ganadora impusiera a otra que no postula la obligación de bajar su propia comisión, por el mero hecho de que un controlador de la primera tenga más del 10 por ciento de la propiedad de la segunda, sin controlarla. Así, esta pretensión de la superintendencia puede dejar la licitación en manos del próximo gobierno.
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Posteado por: Rodrigo Ahumada Miranda 28/10/2009 10:42 [ N° 1 ] |
AFP estatal AHORA!!!! ¿Hasta cuando le llenamos los bolsillos a estos ladrones de cuello y corbata? |
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Posteado por: Claudio Guzman Merino 28/10/2009 13:20 [ N° 2 ] |
Las AFP deberían poder invertir en Codelco. Es solución para la capitalización de esa empresa, garantía de seguridad para los cotizantes, y una mejor pensión futura. Es necesario eso si mejorar el gobierno corporativo de Codelco, asimilarlo a las S.A. con directores representantes de las AFP elegidos por los cotizantes, y la eliminación de la Ley reservada del cobre. Cordialmente. |
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Posteado por: Patricio Balbontin Varas 28/10/2009 17:45 [ N° 3 ] |
Don Rodrigo (1) |
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Posteado por: Leo Cavero Urizar Garfias 28/10/2009 19:03 [ N° 4 ] |
Curiosa la figura de como actuan (por no decir "asaltan") las AFP's. Parece que el "modus operandis" en muchos paises es similar. Ellas, las AFP's, se llevan no solo un grueso del capital del "asegurado" (curioso nombre para el cliente que es asaltado) sino que tambien los obligan a usar y pagar servicios de las mismas, aumentando su cuota de "gastos administrativos". Comparto la opinion del sr Rodrigo Ahumada (1), puesto que el mismo ejemplo se da en Peru, a pesar de haberse creado la Superintendencia de AFP's, supuestamente encargada de fiscalizar el accionar de estas, y de protejer al usuario. Saludos. |
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Posteado por: Michael Cantzler Hoffmeister 28/10/2009 19:34 [ N° 5 ] |
Sr. Cavero, No. 4: |
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Posteado por: pedro patricio noveroy quintanilla 29/10/2009 06:50 [ N° 6 ] |
el decir que somos "los dueÑos" de esos recursos, es la mentira mas grande inventada. ¿cuando vemos esos recursos, que son puros papeles, si quien jubila con $100.000.000, le pagan $ 700.000, mensuales,¿cuanto ganan mensuales prestando esa cantidad. simplemente...........una sinverguenzura!si basta ver los inventores de este sistema y el momento en que fue creada!, pero pareciere que todos lÑos que estan arriba ganan, pues nadie se atreve a midifiarla, ¿que raro, no?. |
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Posteado por: german antonio villablanca loyola 30/10/2009 06:59 [ N° 7 ] |
Es un robo a manos llenas,asqueroso,y que facilita la explotacion de cada uno de aquellos que estan(mos),en las afp. |
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